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lunes, 26 de marzo de 2012

Nuevas funciones… ¿militares o policiales?.




Por: Cnel. de Av. F.A.H ® José A. San Martín F.

Como está expreso en la Constitución de la República, (Art. 272), las Fuerzas Armadas (FFAA) “… Se instituyen para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el imperio de la Constitución, los principios del libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la presidencia de la República”.

Naturalmente que su adiestramiento, desarrollo operacional y profesional ocurre y debe ocurrir en tiempo de paz para lograr, efectivamente, la victoria en tiempo de guerra y/o conflicto. Es por ello que se le dota de recursos, equipo y armamento apropiados que le permitan alcanzar con éxito cualquier misión que se le encomiende.

Las misiones ya están señaladas en la Constitución de la República.La aplicación operacional de las FF AA sigue los preceptos plasmados en la doctrina de aplicación operacional militar. Su empleo involucra el uso de sus recursos letales para vencer al enemigo, aplicable según el artículo arriba mencionado.

Es obvio que las Fuerzas Armadas pueden ser utilizadas contra aquellos elementos que alteren la paz interna, solo que deben entrar en escena únicamente cuando la Policía Nacional (PN) y/o las instituciones encargadas en mantener el orden se han declarado incapaces en conservar el control de la paz interna. ¿Acaso podrán actuar de oficio? ¿O deben esperar que se les ordene, cuando de repente puede ser muy tarde? Interesante seria profundizar sobre este aspecto.

Es comprendido que las FF AA aplicarán, en su momento, su doctrina de aplicación militar: La fuerza letal; por el tiempo requerido hasta que la misión sea completada en su totalidad. Las operaciones militares no pueden quedarse a medias, eso, militarmente, es fracaso y derrota, la historia así lo ha demostrado.

No cabe el hecho de adiestrar a militares para que ejerzan la función de la policía, porque entonces a quienes se adiestran es a policías y no a militares. Si lo que se desea es convertir a “x” cantidad de militares, entre oficiales y soldados, en policías, lo más apropiado es que sean dados de baja de las FF AA y ponerlos de alta en la Policía Nacional. O que se recluten a nuevos aspirantes a policía de entre la población nacional.

Es importante comprender claramente que la doctrina militar es diferente a la doctrina policial y no se deben mezclar. El hacerlo desnaturaliza ambas doctrinas con el consiguiente peligro de deshacer la cohesión institucional que viabilice el resquebrajamiento de la solidez del Estado para entrar a la ingobernabilidad y al estado fallido.

Se ha mencionado el adiestrar a soldados para convertirlos en policías militares. ¿Por qué no en policías nacionales?El policía militar ejerce su función única y exclusivamente sobre militares: soldados y oficiales. No es apropiado aplicar la fuerza de la policía militar sobre ciudadanos comunes; están adiestrados para vérselas contra militares que de alguna u otra manera tienen adiestramiento militar lo que implica el empleo de técnicas y procedimientos propios del ámbito soldadesco.

Emplear a las FF AA con funciones policiales es necesario cuando no queda otra alternativa para no perder el control del orden público y la paz interna. Quienes subvierten la paz deben estar entendidos que cuando el Presidente de la República ordena a las FFAA, en aplicación al Art. 272, emplearse en determinada situación, se utilizarán los recursos militares hasta llegar al armamento requerido para lograr los objetivos y cumplir con la misión asignada. No son misiones permanentes, como el de andar sentado, cargando un largo fusil M-16, en un bus de la ruta urbana o inter urbana como vigilantes frente al ladronismo común. Esa actividad es para el policía y no para el militar. Es que el uniforme infunda respeto, dicen muchos. Démosle entonces a la policía un uniforme que igualmente inspire respeto.

Independientemente de todo lo anterior, es importante diferenciar la educación especializada entre el militar y el policía; lo que para uno puede ser bueno, no necesariamente lo será para el otro.

Las FF AA y la PN han alcanzado niveles superiores en su educación profesional; tienen los elementos necesarios para convocar a foros científicos de análisis que permitan alcanzar criterios válidos y conclusiones que beneficien a la toma de decisiones. La Universidad de la Policía Nacional, la Universidad de la Defensa y el Colegio de Defensa Nacional, son ideales para abordar y analizar la problemática de la aplicación doctrinaria de las FF AA y la PN frente al alto índice de inseguridad que vive nuestro país.

Las FF AA y la PN deben, obligadamente, pronunciarse sobre el mejor empleo de sus recursos, doctrinariamente hablando. Es una irresponsabilidad ejercer funciones que minen la estabilidad institucional. En la aplicación operacional militar y policial, los expertos son ellos mismos, no los políticos.


Presidente de la Fundacion Museo del Aire de Honduras(FMAH).

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